7.000 MILLONES EN AYUDAS DIRECTAS A AUTÓNOMOS Y EMPRESAS POR EL COVID

LINEA COVID DE AYUDAS DIRECTAS A AUTONOMOS Y EMPRESAS (DOTACION 7.000 MILLONES €).


1- DESTINATARIOS:
Las empresas no financieras y los autónomos más afectados por la pandemia, que tengan su domicilio fiscal en territorio
español o cuando se trate de entidades no residentes no financieras que operen en España a través de establecimiento
permanente.


2- DESTINO DE LAS AYUDAS DIRECTAS.
Tendrán carácter FINALISTA y siempre y cuando estos gastos se hayan devengado entre el 01/03/2020 y el 31/05/2021 podrán destinarse a:

  • Pagos a proveedores y otros acreedores.
  • Pago de deuda bancaria.
  • Pago de costes fijos de empresas y autónomos.
    En primer lugar, se satisfará pago a proveedores, por orden de antigüedad, y si procediese, se reducirá el nominal de la
    deuda bancaria, primando la reducción del nominal de la deuda con aval público.

    3- REQUISITOS.

  • Tener recogida la actividad los CNAE del ANEXO I, aún cuando el rendimiento de la actividad se determine por
    Estimación Objetiva (Módulos).
  • Que el Volumen de Operaciones declarado a través del modelo 390 haya caído más de un 30% respecto al
    declarado en 2019. Esta información será directamente suministrada por las Autoridades Tributarias a las
    respectivas Comunidades Autónomas.
  • En caso de que correspondiese, hallarse al corriente de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones ayudas
    públicas.
  • Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
  • No haber presentado resultado negativo de la actividad en el ejercicio 2019 bien sea a través de declaración de
    IRPF o de IS. Este requisito no se aplicará si el resultado negativo se produjo como consecuencia de aplicar Reserva
    de Capitalización o de Compensación de Bases Negativas de ejercicios anteriores.
  • Mantenimiento de la actividad que da derecho a las ayudas a 30 de junio de 2022.

    4- CUANTIAS.

  • 3.000 euros cuando se trate de empresarios o profesionales que apliquen el régimen de estimación objetiva en
    el IRPF (Módulos).
  • Empresas y autónomos cuya facturación de 2020 haya caído más de un 30% respecto al declarado en 2019:
    a– Autónomos y empresas con menos de 10 empleados: El 40% de la caída del volumen de operaciones en
    el año 2020 respecto del año 2019 que supere dicho 30%.
    b– Autónomos y empresas con más de 10 empleados: El 20% del importe de la caída del volumen de
    operaciones en el año 2020 respecto del año 2019 que supere dicho 30%.
    c– la ayuda no podrá ser inferior a 4.000 euros ni superior a 200.000 euros.
  • 5- PLAZO Y PRESENTACIÓN DE LAS AYUDAS.

  • Puesto que estas ayudas van a ser directamente tramitadas por las Comunidades Autónomas, el plazo de solicitud comenzará a partir del momento en que cada Comunidad Autónoma publique su norma especifica y hasta el 31 de diciembre de 2021.


LINEA PARA LA REESTRUCTURACIÓN DE LA DEUDA COVID (DOTACION 3.000 MILLONES €)


1- DESTINATARIOS:


Las empresas y los autónomos, que tengan su domicilio fiscal en territorio español que hayan suscrito operaciones de financiación que cuenten con el aval público (Préstamos COVID).


2- REQUISITOS Y PLAZO DE SOLICITUD.

  • Haber solicitado previamente la ampliación de plazos y carencias establecidas por el RDL 34/2020, de 17 de noviembre.
  • Que la entidad financiera otorgante esté acogida al Código de Buenas Prácticas que se aprobará por Acuerdo del Consejo de Ministros.
  • La norma pospone, el resto de los requisitos a plazos de solicitud a un Acuerdo pendiente del Consejo de Ministros.

FONDO DE CAPITALIZACIÓN DE EMPRESAS AFECTADAS POR COVID (DOTACION 1.000 MILLONES €)
Podrán ser destinatarios de esta línea, las empresas que, bajo criterios de rentabilidad, riesgo e impacto en desarrollo sostenible, cumplan con los requisitos de elegibilidad que se determinen por Acuerdo de Consejo de Ministros. Por tanto, desconocemos aún cuales serán estos criterios.
Si podemos indicar que, en ningún caso podrán ser beneficiarias de esta línea, las empresas que, con anterioridad a la crisis COVID ya sufrieran problemas de solvencia y/o rentabilidad.


APLAZAMIENTO DE LOS IMPUESTOS CORRESPONDIENTES AL 1T/2020.
Se concederá aplazamiento a los impuestos cuyo plazo de ingreso finalicen en el mes de abril de 2021, incluyendo los correspondientes a retenciones a cuenta del IRPF y de pagos a cuenta del IS, que como ya saben de forma ordinaria son inaplazables.
Las condiciones del aplazamiento serán las siguientes:

  • El plazo será de seis meses.
  • No se devengarán intereses de demora durante los primeros cuatro meses del aplazamiento

La OCDE revisa al alza el crecimiento de España en 2021

La OCDE mejora la previsón para España este año y el próximo.

La OCDE (Organización para la Cooperación y Desarrollo Económico) mejora la previsión para España en 2021 en 0.7 puntos. La prestigiosa institución económica también revisa al alza la previsión para la economía española en 0’8 puntos para 2022.

https://www.efe.com/efe/espana/economia/la-ocde-mejora-su-prevision-de-crecimiento-para-espana-en-2021-al-5-7/10003-4483277